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La TRADUCCIÓN es la traducción escrita de un documento, de una lengua a otra.
Prácticamente todas las combinaciones lingüísticas son factibles, en todos los campos temáticos, mediante una consulta obvia y constante de diccionarios, obras de referencia, bases terminológicas diversas y búsquedas en Internet. Paralelamente, el traductor va confeccionando glosarios a medida que van apareciendo términos nuevos en la traducción.
Éstas son las diferentes modalidades que ofrecemos: Traducción directa; Traducción inversa; Traducción jurada.
Traducciones al inglés, español, francés, catalán. Al ruso, rumano, polaco, chino, japonés, alemán, italiano, portugués, holandés, danés.
El servicio de traducción conlleva que nos ocupemos de localizar a uno o varios traductores y de transmitirles el encargo de traducción. Los traductores traducen siempre a su lengua materna. Hoy día este servicio resulta mucho más ágil gracias a la presencia de Internet y del correo electrónico, sin olvidar el uso eventual de un mensajero para la recogida y entrega de originales y traducción, en el caso de la traducción jurada.
Para su tranquilidad, y la nuestra, nos comprometemos a preservar la confidencialidad absoluta de todo documento que manipulemos y que traduzcamos; y a este efecto, a que ambas partes firmemos un contrato de confidencialidad.
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Una traducción directa es aquel documento que se ha traducido al idioma nacional o más utilizado en un país o una zona geográfica. Si traducimos, por ejemplo, del inglés al español, estando en España, estaremos ante una traducción directa.
Una traducción inversa es aquel documento que se ha traducido a un idioma extranjero y por tanto distinto del idioma nacional o más utilizado en un país o una zona geográfica. Si traducimos por ejemplo del español al inglés, estando en España, será una traducción inversa.
La traducción jurada puede ser directa o inversa, pero la realiza un traductor jurado, quien mediante el sello oficial y homologado que lo certifica como tal, asegura a su vez una traducción fiel al original.
La práctica habitual consiste en sellar el documento original (en formato papel) que se va a traducir, y de igual modo, la traducción. Se garantiza así que se trata de una traducción fide digna del mencionado original y de ningún otro documento. La traducción, sellada, se entrega también en formato papel.
Este tipo de traducción es la que solicita de manera habitual cualquier estamento oficial (Ministerios de Asuntos Exteriores, de Inmigración, de Derecho civil, y un largo etc.) para trámites como puedan ser bodas civiles con personas extranjeras, solicitudes para emigrar y trabajar en países extranjeros, constitución de empresas…
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